ACLARACIÓN IMPORTANTE SOBRE EL CESE DE OPERACIONES PORTUARIAS



Cabe destacar que del cese de operaciones portuarias, que surge en respuesta a las inquietudes presentadas por los trabajadores, se ven exceptuadas las actividades que se encuentran comprendidas en la Decisión Administrativa 429/2020 publicada en el Boletín Oficial del día Viernes 20 de marzo de 2020 en su Artículo 1° - Apartado 1: “Industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias podrán solicitar autorización a la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa, para no discontinuar su producción, reduciendo al mínimo su actividad y dotación de personal.”